Resumen de las principales normas en materia de Exterior y Cambios emitidas por el BCRA
Comunicación “A” 8108 (19.09.2024)
El BCRA emitió la Comunicación “A” 8108 que introdujo las siguientes modificaciones:
- Que el pago diferido de las importaciones oficializadas a partir del 20/09/2024 de bienes del punto 10.10.1.3 (automotores terminados y suntuarios) se podrá cursar a través del MULC por el valor FOB a los 60 días contados en días corridos desde el ingreso aduanero.
- En el marco de lo dispuesto en el punto 3.13. del texto ordenado de Exterior y Cambios, las entidades podrán dar acceso al MULC para que se concrete una repatriación de inversiones directas de un no residente a través del acceso del residente que adquirió su participación en el capital en una empresa residente en la medida que se cumplan los requisitos que establece la norma.
- Para la confección de las declaraciones juradas previstas en los puntos 3.8.4. y 3.16.3.1., 3.16.3.2. y 3.16.3.4. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios referentes a operaciones con títulos valores, se dispone considerar 90 dias corridos para todos los títulos valores, independientemente de que los títulos hayan sido emitidos en legislación extranjera o argentina.