Resolución 1/2025 MINISTERIO DE SALUD UNIDAD GABINETE DE ASESORES (B.O. 31/01/2025)
ACLARACIONES
Continuando con la Res. 1/25, publicada en el B.O el 31/01/2025, informada en nuestra Alerta Laboral Nro. 07 compartida el 31 de Enero pasado.
En el marco del reordenamiento del sistema que está llevando el Ministerio de Salud en conjunto con la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud), se publicó la Resolución 1/2025 que determinó que todos los aportes de los trabajadores que triangulaban llegarán de manera directa a la Empresa de Medicina Prepaga que eligieron y brindan sus prestaciones de salud. Lo más destacable es que es un cambio masivo de oficio y escalonado que ya está realizando la Superintendencia de Salud, para que los aportes y contribuciones vayan directamente a los agentes de salud, sin la triangulación de otras obras sociales.
ALGUNOS PUNTOS RELEVANTES:
Si el empleado quiere continuar derivando sus aportes a su entidad de medicina prepaga no tiene que hacer ningún trámite. Los aportes llegarán de manera directa.
Cada empleado puede verificar su situación personal ingresando a la Consulta Pública disponible en https://www.sssalud.gob.ar/index.php?page=cambio_opcion allí podrá confirmar si dicha Resolución aplica a su caso.
En cambio, si el empleado desea permanecer en la Obra Social de origen -que tenía hasta antes del cambio- el titular (sólo o del grupo familiar) debe completar el trámite “Voluntad de Permanencia en Obra Social”, para ello el trabajador tiene que ingresar a través de: https://www.argentina.gob.ar/servicio/voluntad-de-permanencia-en-obra-social
hacer click en “Iniciar trámite” con clave fiscal de ARCA; sirve para expresar de forma clara la voluntad de permanecer en la Obra Social a la cual el trabajador se encontraba afiliada/o al 31 de enero de 2025, y recibir exclusivamente las prestaciones médicas brindadas por dicha Obra Social; además, impactará a todo el grupo familiar, en caso de que lo hubiere. Estará vigente hasta el 1 de abril 2025 inclusive.
OTRAS INFORMACIONES RELEVANTES:
En los casos de los nuevos afiliados que elijan una Empresa de Medicina Prepaga, tal como venía sucediendo, la empresa médica solicitará una declaración jurada para informar sobre enfermedades preexistentes.
En el caso de que un trabajador que, por motivos económicos, decida darse de baja de la Prepaga, tiene la libertad de realizar una nueva Opción de Cambio y elegir otra entidad registrada en el RNAS -sea una Empresa de Medicina Prepaga o cualquier Obra Social de actividad- que comenzará a recibir sus aportes, siempre de manera directa.
Se informó que no habrá interrupciones en los tratamientos ni en los subsidios que hoy en día reciben.
Los Agentes del Seguro de Salud no deben generar ningún tipo de interrupción en los tratamientos en curso, como tampoco en los pagos.
Asimismo, para evitar impactos adversos en la cobertura de las prestaciones destinadas a personas con discapacidad, se establece la validez de documentación existente; La documentación conservará su plena validez, aunque contenga membretado, logo o identificación del Agente del Seguro de Salud anterior. La documentación deberá ser actualizada únicamente cuando existan modificaciones en los tratamientos o prestadores, manteniendo su validez en todos los casos donde sólo difiere el membrete o logo del Agente del Seguro de Salud.
Es importante mencionar, que ARCA aun no implementó el procedimiento necesario para garantizar la derivación correcta y oportuna de los aportes, contribuciones o cotizaciones que tengan que ir hacia las entidades que contraten los beneficiarios.
Asimismo, en el caso de las cargas sociales a partir de enero 2025, los aportes y contribuciones, serán derivados en primera instancia al agente de salud que tenga opción el empleado -sea por elección propia o como consecuencia de la modificación de oficio realizada por la SSSalud – de lo contrario será derivado al código informado por F.931.
Hasta el momento, tampoco ARCA ha informado que se deba realizar modificación y/o rectificativas por este tema, no, al menos hasta que haya alguna resolución o comunicado que así lo indique.
Asimismo, les sugerimos dar aviso a los empleados para que puedan estar en conocimiento de estas nuevas medidas y ejercer su derecho de elección.
Por otro lado, aún no está claro que sucede en los casos de los empleados que quieran continuar con su obra social y tenían como prestador una empresa privada médica – que ahora puede recibir directamente los aportes. En esos casos les sugerimos contactarse con la Obra Social para que informe quien será el agente de seguro que continuará otorgando las prestaciones médicas.