Alerta Laboral 40

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COMUNICACIÓN A 8460 BCRA

Se oficializó la incorporación del dólar estadounidense en cuentas sueldo, estableciendo su obligatoriedad en la sucursal de radicación y garantizando la gratuidad sobre los fondos acreditados. Esta medida permite el depósito y retiro de dólares, sujeto a disponibilidad en cajeros y otras sucursales, manteniendo la gratuidad sin límite de tiempo para los saldos acumulados.

A continuación, detallamos las características principales:

  • Mediante esta comunicación, el Banco Central (BCRA) actualizó la normativa sobre cuentas sueldo y habilitó la posibilidad de que las empresas paguen salarios en dólares estadounidenses.
  • Por otro lado, se establece que la operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo de las cuentas en dólares estadounidenses es obligatoria en la sucursal de radicación de la cuenta.
  • Cabe aclarar que el Banco Central de la República Argentina actualizó la normativa sobre cuentas sueldo para adecuarla a la Ley de Modernización Laboral N° 27802, cuyo artículo 34 sustituye el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y establece que el salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera.

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María del Huerto Balza

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