DECRETO 406/2026 – (B.O. 01/06/2026
Con fecha 01 de junio de 2026, se ha publicado en el boletín oficial el Decreto 406/2026, a cerca de la Simplificación, Control Digital y Negociación Colectiva.
De esta forma se reglamentó la exención del impuesto a las ganancias para los alquileres destinados a casa-habitación, como así también la deducción del 10% prevista en el artículo 85, inciso k).
- Les informamos que, a través del Decreto 406/2026, el Poder Ejecutivo reglamentó la reciente exención del Impuesto a las Ganancias aplicable a los ingresos por alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, así como su interacción con la deducción del 10% prevista en el artículo 85, inciso k) de la ley del tributo.
- Con efectos para ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2026, la Ley 27.802 estableció que los ingresos por alquileres de vivienda se encuentran exentos en cabeza del locador. En línea con ello, el decreto dispuso que los locadores personas humanas o sucesiones indivisas ya no podrán computar la deducción del 10%, dado que la renta se encuentra exenta y, por lo tanto, no existe base imponible que reducir.
- Recordamos que la Ley 27.737 incorporó la posibilidad de deducir el 10% del monto anual de alquileres de vivienda, sin tope, y aplicable a cualquier tipo de renta. La norma original establecía expresamente que tanto locadores como locatarios podían computar esta deducción.
- En consecuencia, consideramos que los locatarios continúan habilitados a deducir el 10% del alquiler, siempre que se cumplan los requisitos formales (registro del contrato y comprobantes respaldatorios).
- Dado el margen de duda generado por la reglamentación, sería deseable que ARCA emita una aclaración interpretativa que confirme expresamente este criterio.
- Mientras tanto, la aplicación de la deducción por parte del locatario implica un criterio razonable y técnicamente defendible, aunque no exento de potencial discusión hasta tanto se emita una definición oficial.
El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.