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RESOLUCION 262/2026 – Administracion Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) (B.O. 01/09/2026)
Con fecha 01 de septiembre de 2026, se ha publicado en el boletín oficial la Resolución 262/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
ANSeS creó el Domicilio Electrónico de la Seguridad Social, un canal digital oficial mediante el cual podrá enviar notificaciones, comunicaciones y actos administrativos a los ciudadanos que decidan adherirse. La medida crea un canal oficial digital de notificación para ANSES, de adhesión voluntaria, con plena validez legal y que busca agilizar y despapelizar las comunicaciones entre el organismo y los ciudadanos.
A continuación, detallamos las características principales:
Adhesión voluntaria
- La constitución del domicilio electrónico es opcional.
- Pueden adherirse todas las personas mayores de 16 años.
Valor legal
- Una vez constituido, tendrá el mismo efecto jurídico que un domicilio constituido en sede administrativa.
- Las notificaciones enviadas por este medio serán plenamente válidas y eficaces.
Alcance
- · Aplica para personas que tramiten o perciban prestaciones de la Seguridad Social.
- Se utilizará para:
-
-
- Notificaciones.
- Comunicaciones.
- Resoluciones.
- Intimaciones.
- Citaciones.
- Requerimientos.
- Liquidaciones.
- Avisos vinculados con ANSES.
-
Cómo se constituye
- Ingresando con la Clave de la Seguridad Social en:
-
- Mi ANSES → “Domicilio y Datos de Contacto”, o
- Aplicación móvil “Mi ANSES”.
- Se deben aceptar los términos y condiciones.
- Es obligatorio informar y validar un correo electrónico.
Dónde se recibirán las notificaciones
- Todas las comunicaciones estarán disponibles en la sección “Mi Buzón” dentro de la plataforma Mi ANSES.
Plazos y notificaciones
Momento en que se considera notificada una persona
- La notificación se considera perfeccionada a las 00:00 horas del primer día hábil siguiente a que el documento esté disponible en “Mi Buzón”.
- No es necesario que el usuario la abra o la lea para que produzca efectos.
Disponibilidad
- El sistema funcionará las 24 horas, los 365 días del año.
Caídas del sistema
- Si ANSES registra una inoperatividad de 8 horas o más, informará la incidencia.
- En ese caso, las notificaciones se considerarán perfeccionadas el primer día hábil posterior al restablecimiento del servicio.
Correo electrónico: solo aviso de cortesía
El email informado por el usuario podrá recibir alertas sobre nuevas notificaciones, pero:
- El correo es únicamente un aviso de cortesía.
- Si el usuario no recibe ese email, no podrá alegar desconocimiento de una notificación disponible en su Domicilio Electrónico.
Información que deberán contener las notificaciones
Las comunicaciones deberán incluir, entre otros datos:
- Identificación del acto administrativo.
- Fecha de emisión.
- Tipo y número.
- Área emisora.
- Funcionario firmante.
- Número de expediente.
- Plazos legales.
- Efectos jurídicos.
- Recursos administrativos disponibles y plazos para presentarlos (si corresponde).
Situación especial
- Quienes adhieran al Domicilio Electrónico podrán aceptar voluntariamente notificaciones de actos emitidos antes de la fecha de adhesión.
- En esos casos, la notificación se tendrá por realizada a las 00:00 horas del primer día hábil siguiente a la aceptación.
Impacto práctico
- ANSES avanza en la digitalización de sus comunicaciones con los beneficiarios.
- Los usuarios adheridos deberán revisar periódicamente la sección “Mi Buzón” de Mi ANSES.
- La falta de lectura de una notificación no impedirá que los plazos administrativos comiencen a correr.
- El correo electrónico funcionará solo como recordatorio y no reemplaza la consulta del domicilio electrónico.
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.