Search

Reporte Fiscal 04

Contenido

Impuestos Provinciales

Corrientes

R. N° 1686/23. PROCEDIMIENTO. TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO Y PUNITORIO. INCREMENTO. (B.O. 10/01/2024).

Incrementa a 6,41% la tasa de interés resarcitorio mensual que devengará la falta total o parcial de pago de los tributos, retenciones, percepciones, anticipos y multas, desde sus respectivos vencimientos y hasta la fecha de su efectivo pago.

Asimismo, incrementa a 7,87% la tasa de interés punitorio mensual aplicable cuando sea necesario recurrir a la vía judicial para hacer efectivos los créditos fiscales y multas, desde la fecha de vencimiento de la obligación insatisfecha y hasta su efectivo pago. Aclara que dicha tasa también se aplicará en los casos de discusión administrativa planteados por los contribuyentes o responsables.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/01/2024.
R.G. N° 252/23. IMPUESTO DE SELLOS. RÉGIMEN DE RETENCIÓN. (B.O. 15/01/2024).

Establece un Régimen de Retención del Impuesto de Sellos a cargo de las personas físicas o jurídicas que intervengan, directa o indirectamente en la instrumentación de actos, contratos y operaciones alcanzados por el gravamen.

En tal sentido, se encontrarán obligados a actuar como agentes de retención del presente régimen, los siguientes sujetos:

  • Quienes actualmente posean una inscripción activa como Agentes de Retención del Impuesto de Sellos.
  • Los escribanos adscriptos y titulares de registros de la Provincia de Corrientes, desde la fecha de su juramento.
  • Los encargados titulares de los Registros Seccionales que conforman el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, con competencia en automotores, moto vehículos, y maquinarias agrícolas, cuyos registros seccionales correspondan a la Provincia de Corrientes, desde las fechas de sus designaciones.
  • Las entidades financieras regidas por la Ley Nacional N° 21.526, que tengan domicilio en la Provincia, sucursales en la misma, y todas aquellas que realicen operatorias habituales.
  • Las aseguradoras regidas por la Ley N° 20.091 que tengan domicilio en la Provincia, sucursales en la misma, y todas aquellas que realicen operatorias habituales.
  • Las Bolsas y Mercados, constituidas en la Provincia o que tengan en ella filiales, agencias, oficinas o representaciones permanentes, que realicen las operaciones que encuadren en el artículo 171° del Código Fiscal.
  • Otros sujetos designados por la Dirección General de Rentas de Comentes.
  • Aquellas personas físicas o jurídicas que habitualmente intervengan en la instrumentación de actos, contratos y operaciones y que solicitaren su incorporación al presente régimen, desde la fecha de su efectiva designación.
VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/01/2024.

Jujuy

R.G. N° 1658/24. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. NOMENCLADOR DE ACTIVIDADES. TABLA DE ALÍCUOTAS. PERÍODO 2024. (B.O. 12/01/2024).

En el marco de la Ley Tarifaria 2024 -L. N° 6.372- aprueba el “Nomenclador de Actividades Económicas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Jujuy” -NAEju-, con el correspondiente detalle de alícuotas según la forma de comercialización y los ingresos obtenidos, que deberán ser aplicados por los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para la determinación y liquidación del tributo a partir de Enero de 2024.

Adicionalmente, aprueba la correspondencia entre el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES) y las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, establecidas por la Ley Tarifaria 2024, que deberán ser aplicados por los contribuyentes del régimen de Convenio Multilateral para la determinación y liquidación del tributo a partir de Enero de 2024.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/01/2024.

Río Negro

R. N° 76/23. PROCEDIMIENTO. INCENTIVOS POR CUMPLIMIENTO FISCAL. AÑO 2024. REGLAMENTACIÓN. (B.O. 08/01/2024).

Establece los requisitos y formalidades que deben verificar los contribuyentes a los fines de gozar de los incentivos por cumplimiento fiscal para el año 2024 dispuestos por la Ley Impositiva.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/01/2024.

San Luis

R. N° 3/24. PROCEDIMIENTO. MULTAS POR INFRACCIONES A LOS DEBERES FORMALES. ESCALA DE GRADUACIÓN. ACTUALIZACIÓN. (B.O. 10/01/2024).

Establece la escala de graduación de las multas que corresponde aplicar a los contribuyentes por infracciones a los deberes formales considerando el tiempo transcurrido entre la fecha de acaecimiento del hecho y su comunicación a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos de la Provincia de San Luis:

Tiempo transcurrido entre la fecha de acaecimiento del hecho y la fecha de su comunicación a la D.P.l.P. MULTA
1 mes a 1 año $23.000.-
1 año a 2 años $46.000.-
2 a 3 años $69.000.-
3 a 4 años $115.000.-
4 años o más $162.000.-
VIGENCIA: A PARTIR DEL 10/01/2024.

Santa Fe

R. N° 8/24. PROCEDIMIENTO. TASAS DE INTERÉS RESARCITORIO. MODIFICACIÓN. (B.O. PENDIENTE DE PUBLICACIÓN).

Fija en 5,91% la tasa de interés resarcitorio mensual por pago fuera de término.

Asimismo, para los convenios de pago comunes fija las siguientes tasas:

  • Hasta 6 cuotas: 3% mensual.
  • De 7 hasta 12 cuotas: 3,5% mensual.
  • Más de 12 cuotas: 4% mensual.
  • Deudas en gestión judicial: 7,37% mensual.
VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/02/2024.

Déjanos tu email para suscribirte al Reporte Fiscal. Todos los días lunes, te estaremos acercando las últimas novedades de carácter impositivo.

Compartir

Otras Publicaciones

Autores

Picture of Alberto Mastandrea
Alberto Mastandrea
Picture of Alejandra Sarni
Alejandra Sarni
Picture of Edgardo Ponsetti
Edgardo Ponsetti
Picture of Claudia Pose
Claudia Pose