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Reporte Fiscal 14

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Impuestos Nacionales

D. N° 281/24. IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES. REPATRIACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS. PRÓRROGA. (B.O. 27/03/2024).

Prorroga hasta el 30/04/2024, inclusive, el plazo para que los contribuyentes del Impuesto sobre los Bienes Personales puedan realizar la repatriación de activos financieros, prevista para el período fiscal 2023, a los fines de disminuir las alícuotas del gravamen aplicables a los bienes del exterior.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 27/03/2024.
R.G. (AFIP) N° 5494/24. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SIRADIG WEB. DECLARACIÓN DE DEDUCCIONES. PRÓRROGA. (B.O. 26/03/2024).

Prorroga, con carácter de excepción, hasta el 30/04/2024, inclusive (antes, 31/03/2024) el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores realicen la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web correspondiente al período fiscal 2023, a través del servicio web de AFIP “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) -TRABAJADOR”.

Siendo ello así, los agentes de retención practicarán la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2023, hasta el 31/05/2024, inclusive y el importe determinado será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 10/06/2024, inclusive.

Finalmente, dispone que los agentes de retención deberán informar e ingresar los importes retenidos hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de junio de 2024, del SICORE, informándolos en el período mayo de 2024 y consignando como fecha de retención el 31/05/2024.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 26/03/2024.

Impuestos Provinciales

Salta

R.G. N° 1/24. IMPUESTO SOBRE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS. CONSTANCIA DE EXENCIÓN. PRÓRROGA. (B.O. 21/03/2024).

Extiende hasta el 31/05/2024, la vigencia de las constancias de exención para contribuyentes exentos del impuesto a las actividades económicas emitidas para el período fiscal 2023, cuyo vencimiento operaba el 31/03/2024.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 21/03/2024.

Tierra del Fuego

R.G. N° 241/24. PROCEDIMIENTO. TASAS POR RECARGOS, INTERESES MORATORIOS Y PUNITORIOS. ACTUALIZACIÓN. (B.O. PENDIENTE DE PUBLICACIÓN).

Fija, a partir del 01/04/2024, las siguientes tasas:

  • 12% (antes, 15%) mensual para recargos.
  • 13% (antes, 17%) mensual para intereses moratorios.
  • 14% (antes, 19%) mensual para intereses punitorios.
  • 6% (antes, 6%) mensual para intereses que corresponderán aplicar en caso de acciones o demandas de repetición en virtud de los argumentos vertidos.
VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/04/2024.

Tucumán

R.G. N° 18/24. PROCEDIMIENTO. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES. CONSIDERA CUMPLIDAS EN TIEMPO Y FORMA HASTA EL 27/03/2024 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS. (B.O. 22/03/2024).

Considera cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 27/03/2024 inclusive, cuyos vencimientos operaron durante los meses de noviembre y diciembre de 2023 y enero y febrero 2024, según la obligación de que se trate.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 22/03/2024.

Próximos Vencimientos

A partir del 15/04/2024 comienzan a vencer las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes a las Sociedades Comerciales cuyo cierre se produjo el mes de Noviembre de 2023.

A partir del 15/04/2024 comienzan a vencer los anticipos del Impuesto a las Ganancias, correspondiente a las Sociedades cuyo cierre se produjo en Octubre de 2023. 

El 30/04/2024, vence el plazo para la presentación on-line del balance (Memoria, Estados Contables e Informe de Auditoría) certificado ante CPCECABA -en formato “.pdf”- correspondiente a las Sociedades Comerciales cuyo cierre se produjo en los meses de Octubre de 2023. 

A partir del 15/04/2024 comienzan a vencer los anticipos N° 5 del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales de todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes del país del período fiscal 2023.

A partir del 23/04/2024, comienza el vencimiento de las obligaciones vinculadas a Operaciones Internacionales y Precios de Transferencia, correspondientes a los ejercicios cerrados en Abril de 2023

  • Informe Maestro.

A partir del 23/04/2024, comienza el vencimiento de las obligaciones vinculadas a Operaciones Internacionales y Precios de Transferencia, correspondientes a los ejercicios cerrados en el mes de Octubre de 2023

  • Estudio de Precios de Transferencia.
  • Régimen de Información – Formulario F.2668.

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