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Reporte Fiscal 26

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Impuestos Provinciales

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

L. N° 6.720. IMPUESTO DE SELLOS. VIVIENDA ÚNICA. EXENCIÓN. MODIFICACIÓN. (B.O. 14/06/2024).

Fija en $56.270.730.- (antes, $24.889.350.-) el importe de la valuación fiscal exenta en el Impuesto de Sellos para las transferencias de dominio y los contratos de compraventa, que tengan por objeto la vivienda única, familiar y de ocupación permanente y que constituya la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirentes.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 12/062024.
L. N° 6.721. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. RÉGIMEN SIMPLIFICADO. MODIFICACIÓN. (B.O. 14/06/2024).

Establece las siguientes modificaciones para el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos:

  • Incrementa a $11.916.410.- (antes $7.996.490.-) el monto máximo de ingresos brutos totales (gravados, no gravados, exentos) que deberán obtener los contribuyentes en el período fiscal inmediato anterior a los efectos de encuadrar en el Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Eleva a $180.589,67.- (antes $85.627,66.-) el monto máximo unitario para la venta de cosas muebles.
  • Establece que se actualizarán anualmente las categorías previstas respecto del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos adecuándolas a las categorías unificadas del Monotributo, ajustando proporcionalmente el precio máximo unitario de venta.
VIGENCIA: A PARTIR DEL 12/062024.

Entre Ríos

L. N° 11.143. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. LEY IMPOSITIVA 2024. MODIFICACIÓN. (B.O. 12/06/2024).

Fija en 9% (antes, 8%) la alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicable para el período fiscal anual 2024 de las siguientes actividades:

  • Intermediación financiera.
  • Servicios financieros.
  • Servicios financieros prestados directamente a consumidores finales.
  • Préstamos operaciones y servicios financieros en general realizadas por entidades no sujetas al Régimen de la Ley de entidades financieras.
VIGENCIA: A PARTIR DEL PERÍODO FISCAL ANUAL 2024.

Tucumán

R. N° 45/24. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. CONVENIO MULTILATERAL. Si.A.Pre. (B.O. 14/06/2024).

Exime a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, de la obligación de utilizar el programa aplicativo Si.A.Pre. para la liquidación y determinación del gravamen y de sus respectivos anticipos correspondiente a la jurisdicción de Tucumán, cuyos vencimientos originales operen a partir del 01/07/2024, inclusive.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/07/2024.

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