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Reporte Fiscal 27

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Impuestos Nacionales

R.G. (AFIP) N° 5517/24. PROCEDIMIENTO. RÉGIMEN DE INFORMACIÓN DE ENTIDADAES FINANCIERAS PARA OPERACIONES DE SUJETOS NO RESIDENTES. EXTENSIÓN DEL PLAZO. (B.O. 27/06/2024).

Extiende al 31/07/2024 el plazo para que las instituciones financieras cumplan con el régimen de información de entidades financieras para operaciones de sujetos no residentes correspondiente al año 2023 dispuesto por la R.G. N° 4056/17 (informada en nuestro R.F. N°22-2017), aclarando además que, los sujetos que hayan cumplido con la información antes del 01/07/2024, deberán efectuar una nueva presentación, utilizando el formulario de declaración jurada F.8301, detalladas en el manual “Régimen de información financiera CRS y FATCA”.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 27/06/2024.
R.G. (AFIP) N° 5518/24. PROCEDIMIENTO. FERIA FISCAL DE INVIERNO PARA EL AÑO 2024. (B.O. 27/06/2024).

Fija entre los días 15/07/2024 y 26/07/2024, ambas fechas inclusive, la feria fiscal de invierno.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 27/06/2024.
R.G. (AFIP) N° 5519/24. IMPUESTO A LAS GANANCIAS. SIRADIG 2023. PRÓRROGA. (B.O. 27/06/2024).

Prorroga con carácter de excepción, hasta el 15/07/2024 inclusive, (antes, 30/06/2024), el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia efectúen la presentación del formulario de declaración jurada F.572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 27/06/2024.

Impuestos Provinciales

Ciudad de Buenos Aires

R.C. N° 1078/24. PROCEDIMIENTO. RECONVERSION DEL ÁREA CÉNTRICA. SUSPENSIÓN DE EFECTOS ADMINITRATIVOS. (B.O. 18/06/2024).

Suspende los efectos de los actos administrativos de pre-aprobación y aprobación de proyectos de reconversión, así como también toda tramitación relacionada al otorgamiento o reconocimiento de beneficios del régimen de Reconversión del Área Céntrica de la Ciudad de Buenos Aires conforme lo previsto por la L. N° 6.508 (informada en nuestro R. F. N° 02-2022).

VIGENCIA: A PARTIR DEL 18/06/20214.
R. N° 214/24. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. AGENTES DE RECAUDACIÓN. RÉGIMEN GENERAL. MODIFICACIONES. (B.O. 19/06/2024).

Modifica el régimen general de agentes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecido por la R. N° 352/22 (informado en nuestro R. F. N° 47-2022) elevando del 2% al 2,5% la alícuota aplicable al Régimen Particular de Retención respecto de las operaciones realizadas por medio de plataformas de pago.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 01/07/2024.

Chaco

R.G. N° 16/24. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE VIGENCIA DEL BENEFICIO DE EXIMICIÓN. (B.O. 24/06/2024).

Adelanta el inicio del plazo de vigencia del beneficio de eximición del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Adicional 10% por 12 meses desde el periodo fiscal 06/2024 a 05/2025.

Asimismo, aclara el alcance del beneficio respecto de los nuevos contribuyentes encuadrados en la categoría A del Régimen Simplificado Provincial, a fin de evitar superposición de incentivos.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 24/06/2024.

Santa Fe

R. N° 358/24. PROCEDIMIENTO. PERFILES DE CALIFICACIÓN DE RIESGO FISCAL. (B.O. 24/06/2024).

Prevé que los perfiles de Riesgo Fiscal a los que hace referencia el inciso n) del artículo 18 del Código Fiscal serán de aplicación para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y para los Agentes de Retención y/o Percepción de dicho tributo.

Asimismo, establece que los contribuyentes y agentes serán controlados por la Administración Provincial de Impuestos (API) a través de los perfiles de Riesgo Fiscal, como mínimo, cuatro veces por año, pudiendo el Administrador Provincial incrementar dicha cantidad cuando así lo crea necesario.

Los niveles de calificación serán:

  • Sin Riesgo Fiscal (0)
  • Con Riesgo Fiscal Bajo (1)
  • Con Riesgo Fiscal Medio (2)
  • Con Riesgo Fiscal Alto (3)

Finalmente, dispone que la API reglamentará los aspectos pertinentes en un plazo no mayor a 10 días hábiles de emisión de la presente.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 24/06/2024.

Tucumán

R.G. N° 47/24. PROCEDIMIENTO. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS FISCALES. CONSIDERA CUMPLIDAS EN TIEMPO Y FORMA HASTA EL 28/06/2024 LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS. (B.O. 24/06/2024).

Considera cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias que se abonen hasta el 28/06/2024 inclusive, cuyos vencimientos operaron durante los meses de febrero, marzo, abril y mayo de 2024, según la obligación de que se trate.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 24/06/2024 Y APLICACIÓN DESDE EL 01/06/2024.
R.G. N° 50/24. PROCEDIMIENTO. SOLICITUDES DE EXENCIÓN. INFORMACIÓN A SOLICITAR. (B.O. 26/06/2024).

Dispone que la Dirección General de Rentas podrá exigir la presentación de cualquier elemento, documentación y/o información que considere necesaria a los fines de dar curso a la solicitud presentada para el otorgamiento de determinadas exenciones impositivas

VIGENCIA: A PARTIR DEL 26/06/2024.

Próximos Vencimientos

A partir del 15/07/2024 comienzan a vencer las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes a las Sociedades Comerciales cuyo cierre se produjo el mes de Febrero de 2024.

A partir del 15/07/2024 comienzan a vencer los anticipos del Impuesto a las Ganancias, correspondiente a las Sociedades cuyo cierre se produjo en Enero de 2024. 

El 31/07/2024, vence el plazo para la presentación on-line del balance (Memoria, Estados Contables e Informe de Auditoría) certificado ante CPCECABA -en formato “.pdf”- correspondiente a las Sociedades Comerciales cuyo cierre se produjo en los meses de Enero de 2024. 

A partir del 23/07/2024, comienza el vencimiento de las obligaciones vinculadas a Operaciones Internacionales y Precios de Transferencia, correspondientes a los ejercicios cerrados en Enero de 2024

  • Informe Maestro.

A partir del 23/07/2024, comienza el vencimiento de las obligaciones vinculadas a Operaciones Internacionales y Precios de Transferencia, correspondientes a los ejercicios cerrados en el mes de Enero de 2024

  • Estudio de Precios de Transferencia.
  • Régimen de Información – Formulario F.2668.

A partir del 29/07/2024 comienza a vencer el plazo para la presentación de la Declaración Jurada correspondiente al Régimen de Información sobre Participaciones Societarias al 31/12/2023  y de las Rentas Pasivas obtenidas en el período 2023 por los sujetos que sean titulares de más del 50% de las acciones o participaciones del capital de sociedades o cualquier otro ente del exterior -excepto fideicomisos y fundaciones-, los directores, gerentes, apoderados, miembros de los órganos de fiscalización o quienes desempeñen cargos similares en dichas sociedades o entes del exterior, que obtengan una renta pasiva superior al 50% de sus ingresos brutos durante el año calendario.

El 22/07/2024 vence el plazo para la recategorización semestral de aquellos sujetos que tributen bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-. Tales contribuyentes quedarán encuadrados en la categoría que le corresponda a partir del segundo mes inmediato siguiente al último mes de dicho semestre.

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