Reporte Fiscal 48

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Impuestos Nacionales

R.G. (ARCA) N° 5602/24. RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES. FACTURADOR.  (B.O. 19/11/2024).

Amplía el universo de contribuyentes habilitados a utilizar el “Facturador”, mediante la inclusión al mismo de todas las categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Ello así, con el fin de que todos los contribuyentes puedan emitir de manera simplificada, ágil y dinámica sus comprobantes electrónicos originales para respaldar las operaciones en el mercado interno que realicen con personas humanas que actúen en carácter de consumidores finales.

Aclara que no podrá utilizarse el “Facturador” cuando el importe de la operación sea igual o superior a $344.488.-

VIGENCIA: A PARTIR DEL 21/11/2024.
Circular (ARCA) N° 1/24. REGÍMENES ESPECIALES. RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI). INSCRIPCIONES. (B.O. 20/11/2024).

Dispone que las personas jurídicas que se constituyan con el único fin de integrar un Vehículo de Proyecto Único (VPU), podrán solicitar su inscripción ante la ARCA para poder operar comercialmente. Ello así, hasta que el Vehículo de Proyecto Único (VPU) obtenga la CUIT especial, una vez emitido el acto administrativo aprobatorio de adhesión al “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RIGI) establecido por la L. N° 27.743 (informada en nuestra A.F. N° 1-2024).

Adicionalmente, aclara que el otorgamiento de la citada CUIT no implica el reconocimiento de los beneficios del RIGI, situación que ocurrirá una vez que se dicte el correspondiente acto administrativo.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 20/11/2024.

Impuestos Provinciales

Ciudad de Buenos Aires

R. N° 477/24. IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS. SISTEMA SIRCREB. CUENTAS “CERA”. EXCLUSIÓN. (B.O. 15/11/2024).

Establece que los importes que se acrediten en las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA), abiertas en el marco del Régimen de Regularización de Activos de la L. N° 27.743 (informada en nuestra A.F. N° 2-2024) se encontrarán excluidos del Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos adecuados al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB).

VIGENCIA: A PARTIR DEL 16/11/2024.

Chaco

R.G. N° 33/24. REGÍMENES ESPECIALES. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS. REGLAMENTACIÓN. (B.O. PENDIENTE DE PUBLICACIÓN).

En el marco de la L. N° 4.088 (informada en nuestro R.F. N° 44-2024) mediante la cual la Provincia de Chaco adhirió al Título II del Régimen de Regularización de Activos en virtud de lo previsto por la L. N° 27.743 (informada en nuestra A.F. N°2-2024), establece las formalidades y condiciones que deberán cumplir lo contribuyentes a los fines de gozar de los beneficios provinciales.

En tal sentido, establece que el plazo de adhesión regirá desde el 15/11/2024 hasta el 30/04/2025, inclusive, pudiendo prorrogarse hasta el 31/07/2025, en caso de extenderse la vigencia del Régimen Nacional.

Adicionalmente, establece que a partir del mes de Septiembre de 2024, las acreditaciones en las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA), se encuentran excluidas del régimen de recaudación bancaria del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (SIRCREB).

Chubut

R. N° 1109/24. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS. PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN. (B.O. 13/11/2024).

En el marco de la L. N° XXIV-109 (informada en nuestro R.F. N° 39-2024) mediante la cual la provincia de Chubut adhirió al Régimen de Regularización de Activos dispuesto por la L. N° 27.743 (informada en nuestra A.F. N° 2-2024), establece el procedimiento y las formalidades que deberán seguir los contribuyentes de la Provincia a los fines de realizar su adhesión al régimen.

VIGENCIA: A PARTIR DEL 13/11/2024.

Entre Ríos

L. N° 11.162. REGÍMENES ESPECIALES. ADHESIÓN AL RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA GRANDES INVERSIONES (RIGI) Y CREASIÓN DEL RÉGIMEN DE INCENTIVO A LAS NUEVAS INVERSIONES (RINI). (B.O. 15/11/2024).

Establece la adhesión de la provincia de Entre Ríos al “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RIGI), dispuesto por la L. N° 27.743 (informada en nuestra A.F. N° 1-2024).

En tal sentido, dispone que las empresas adheridas al RIGI gozarán en la provincia de Entre Ríos de las exenciones fiscales y demás beneficios que se establecen para el RÉGIMEN DE INCENTIVO PARA NUEVAS INVERSIONES (RINI) con el objetivo de favorecer la radicación de nuevas inversiones en el territorio provincial, reactivar la actividad productiva y ampliar los beneficios contemplados en la Ley de Promoción y Desarrollo Industrial.

Dispone que serán beneficiarios del RINI las personas humanas y jurídicas que realicen nuevas inversiones, siempre que:

  • Estén alcanzadas por la Ley N° 11.071 (Ley de Promoción y Desarrollo Industrial).
  • Realicen actividades dentro del transporte terrestre de cargas industriales.
  • Realicen actividades turísticas.
  • Realicen actividades culturales.
  • Realicen actividades que promuevan procesos productivos de economía circular y/o que promuevan la neutralidad de la huella de carbono.
VIGENCIA: A PARTIR DEL 15/11/2024.

Neuquén

D. N° 1474/24. PROCEDIMIENTO. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS PERMANENTE. PRÓRROGA. (B.O. 15/11/2024).

Prorroga la vigencia del régimen de regularización de obligaciones tributarias permanente, dispuesto por el D. N° 2106/10 (informado en nuestro R.F. 47-2010) hasta el 04/11/2028 (antes, 04/11/2024).

VIGENCIA: A PARTIR DEL 04/11/2024.

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