Resumen de las principales normas en materia de Exterior y Cambios emitidas por el BCRA
Comunicación “A” 7798 (29.06.2023)
El BCRA emitió la Comunicación “A” 7798 la cual establece con vigencia a partir del 29/6/2023, otorgar acceso al MULC a todas las organizaciones empresariales donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias, para efectuar formación de activos externos para el pago de importaciones de combustibles o energía atento a las condiciones específicas establecidas en esta norma.
Comunicación “A” 7799 (29.06.2023)
El BCRA emitió la Comunicación “A” 7799 que resuelve:
- Modificaciones en el marco del punto 7.10.2. de las normas de “Exterior y cambios” referido a la aplicación de divisas de cobros de exportaciones de bienes en el marco del régimen de fomento de inversión para las exportaciones (Decreto N° 234/21 y complementarias), atento a las condiciones establecidas en la norma.
- Quedarán comprendidos en las situaciones de excepción del punto 9 de la Comunicación “A” 7622 y complementarias que gozan del beneficio de acceder al MULC sin esperar el plazo consignado en la SIRA y además no pasan por el control de la Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior, los pagos de importaciones de bienes de capital que se efectúen simultáneamente con la liquidación de fondos originados en endeudamiento financiero con el exterior o un aporte de inversión extranjera directa que encuadren en el punto 7.10.2.2 de las normas de “Exterior y cambios”.
- Se considerará cumplimentado el requisito de ingreso y liquidación previsto en el punto 3.5.1. de las normas de “Exterior y cambios” para los endeudamientos financieros del exterior encuadrados en el punto 7.10.2.2. ii) en la medida en que se demuestre el registro de ingreso aduanero de bienes por un valor equivalente a la financiación recibida.