Alerta Laboral 32

DECRETO 407/2026 – (B.O. 01/06/2026)

Con fecha 01 de junio de 2026, se ha publicado en el boletín oficial el Decreto 407/2026, a cerca de la Simplificación, Control Digital y Negociación Colectiva

A continuación, detallamos las características principales:

Se reglamentó el nuevo formato de recibo de haberes (Anexo 3), se busca mostrar cual es el verdadero costo laboral que tiene cada empleador y enumera los siguientes requisitos que debe contener:

     

      • Datos identificatorios

    Debe incluir:

      • Del empleador: Nombre o razón social y CUIT
      • Del trabajador: Nombre, CUIL, Fecha de ingreso, Antigüedad, Categoría laboral
      • Otros datos: Lugar y fecha de pago del sueldo, Lugar y fecha de pago de las cargas sociales.

    Contribuciones del empleador

    Debe detallarse todo lo que el empleador paga por el trabajador (aunque no lo cobre el trabajador directamente), por ejemplo:

      • Aportes a la seguridad social
      • Contribuciones sindicales
      • Aportes a obra social
      • ART
      • Otros conceptos legales o convencionales

       

        • Remuneración bruta y deducciones

        • Remuneración bruta:
        • Total de los ingresos del trabajador antes de descuentos
        • Debe indicarse cómo se calcula cada concepto (ej: horas, días, porcentaje)

           

            • Remuneración neta

            • Es el monto final que recibe el trabajador en mano
            • Surge de restar las deducciones al sueldo bruto

               

                • Requisitos adicionales obligatorios

                • Claridad de los conceptos

              Cada importe debe indicar:

                 

                  • Base de cálculo (ej: sueldo por mes, día, hora)

                  • Unidad de medida

                  • Resultado final

                   

                    • Prorrateo de sumas globales

                  Si el empleador paga un monto total para varios trabajadores:

                    • Debe dividirse proporcionalmente
                    • Cada trabajador debe ver su parte en su recibo

                     

                      • Orden de los cálculos

                      • Primero debe mostrarse el total de lo que paga el empleador
                      • Luego se determina la remuneración bruta del trabajador

                         

                          • Resumen del costo laboral (en el frente del recibo)

                        Debe incluir un resumen de todos los costos a cargo del empleador, agrupados como mínimo en:

                        a) Sindical

                        b) Seguridad social

                        c) Obra social

                        d) INSSJP (PAMI)

                        e) ART

                        f) Cámaras empresariales

                        g) Otros

                        Esto muestra el costo real total del trabajador para la empresa.

                           

                            • Formato obligatorio

                          El recibo:


                            • Debe respetar un modelo oficial (Anexo III)
                            • No puede ser armado libremente.
                           

                           

                          Sin título

                          El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

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                          María del Huerto Balza

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