Alerta Laboral 48

CABA Rúbrica laboral obligatoria vía TAD para empleadores de hasta 49 trabajadores

A continuación, destacamos lo más importante:

  • Se establece mediante la Resolución 1717/2025 (B.O.GCBA 13/11/2025), la ampliación del alcance de la Resolución 803-SECTE/24 a empleadores con hasta 49 trabajadores (Art. 1).
  • Se cambio su denominación, pasa a llamarse “Solicitud de rúbrica de documentación laboral para PyMEs y empleadores con 49 trabajadores o menos”.
  • Rúbrica obligatoria exclusivamente vía TAD para el universo alcanzado (Art. 1).
  • Por otro lado, se fija como fecha límite o de adecuación el 2/1/2026, aplicable al libro correspondiente a diciembre 2025 (Art. 2).
  • También se Digitaliza todo el proceso documental laboral bajo la ventanilla única del GCABA.

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María del Huerto Balza

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