Recientemente la Inspección General de Justicia, autoridad de contralor societario en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictó dos resoluciones dirigidas tanto a las nuevas sociedades que deseen solicitar su inscripción, como a las inscriptas que deseen reformar su estatuto bajo los nuevos criterios.
Estas resoluciones son:
- La Resolución General IGJ N° 1/2024, deroga el requisito impuesto por la RG 1/2022 que exigía que el plazo de duración de la sociedad no debía exceder los 30 años. Con el cambio establecido en la RG 1/2024 las sociedades podrán contar con el plazo de duración que acuerden sus socios dentro del marco de la autonomía de la voluntad, respetando la previsión de la Ley General de Sociedades N° 19.550, que este sea un plazo determinado, pudiendo entonces nuevamente constituir una sociedad por la duración generalmente aceptada de 99 años.
- La Resolución General IGJ N° 2/2024, modifica el articulado referido al objeto social y al capital social. Respecto del objeto social, la resolución permite su conformación por un conjunto de categorías de actos jurídicos indicadas de manera precisa y determinada, siendo la novedad que no requiere que las mismas sean conexas o guarden relación entre ellas. Por el lado del capital social, se deroga la previsión que permitía a la Inspección exigir una cifra de capital social inicial superior al dispuesto por la Ley General de Sociedades N° 19.550, si consideraba que el monto era manifiestamente inadecuado en virtud de la naturaleza o las características de las actividades comprendidas en el objeto social.